Con fecha 21 de abril del presente año el IMSS público mediante boletín oficial número 213/2020 , el beneficio de realizar el pago en parcialidades simplificado sobre las cuotas obrero patronales pendientes de cubrir en el periodo de contingencia.
El I.M.S.S. puso a disposición de todos los patrones el poder celebrar un convenio de pago a plazos de forma simplificada con los siguientes beneficios:
- No existirá ninguna garantía sobre el interés fiscal sobre dicho convenio.
- El importe inicial para el convenio será de un el 20 % sobre cuotas patronales y el 100 % de las cuotas obreras.
- Los plazos pueden ser de la siguiente manera:
*Hasta 12 meses con una tasa de interés del 1.26 %
*De 12 a 24 meses y la tasa aplicable es de 1.53 %, y
*De 24 a 48 meses con una tasa del 1.82 %
El convenio se llevara a cabo en la subdelegación del propio instituto que le corresponda a cada patrón, previamente se deberá enviar un correo a convenioorienta@imss.gob.mx; con las especificaciones que a
continuación se mencionan:
- Tarjeta patronal.
- Escrito libre con motivo de petición (requerimiento de autorización de pago a plazos y los lapsos para efectuarlos)
- Identificación oficial del representante legal del patrón
- Acta constitutiva de la persona moral contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio (si es persona física no hay acta constitutiva)
- Poder notarial en el cual represente a la persona moral, para acreditar el carácter del representante legal, con facultades para actos de administración y pleitos y cobranza
El IMSS responderá a través de la misma vía (correo electrónico) en el cual adjuntará convenio y la ficha de depósito con la línea de captura, se pagara por parte del patrón mediante SPEI indicando referencia, cuenta bancaria y banco para efectuar el pago inicial convenido.
Redacción: OSCAR ARIAS, Contador Público, Especialidad en Impuestos y Administración.