La Secretaría de Economía (SE) publicó en la edición vespertina del DOF del 29 de junio de 2020 el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el coronavirus COVID-19”, a través del cual se dispone que:

  • En los procedimientos en materia de prácticas desleales de comercio internacional tramitados ante la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) los plazos y términos legales correrán normalmente, y
  • El trámite de las diligencias y etapas de los procedimientos se sujetará a lo siguiente:
    • El desahogo de las diligencias, tanto para la UPCI y las partes, será vía correo electrónico (upci@economia.gob.mx, las partes proporcionarán uno para las comunicaciones que haga la UPCI)
    • Las reuniones y audiencias previstas en los procedimientos se celebrarán vía remota, por medios electrónicos y bajo los lineamientos que defina la UPCI
    • Las solicitudes de consultas técnicas y de copias certificadas; acceso al expediente administrativo para los representantes legales acreditados; y para cualquier duda o aclaración respecto a los trámites ante la UPCI, serán por correo electrónico (UPCIConsultas@economia.gob.mx)
    • La presentación de la información en respuesta a los requerimientos formulados por la UPCI, incluida la que deban exhibir los agentes aduanales, se hará por correo electrónico (UPCINopartes@economia.gob.mx)
    • La información electrónica se recibirá en un horario de 9:00 a las 18:00 hrs. de lunes a viernes. Las promociones o información recibida después de las 18:00 hrs. o en días inhábiles, se considerará presentada al día hábil siguiente
    • Cuando la información enviada por correo electrónico exceda de 20 Megabytes(MB), se deberá hacer uso de alguna herramienta de información compartida en nube (DropboxGoogle Drive, One Drive, etc.). Para esto, se enviará la liga correspondiente con los debidos permisos a efecto de que la UPCI esté en posibilidad de obtenerla, y
    • Durante dicho periodo no se admitirán promociones ni se realizarán reuniones o audiencias de manera presencial.

Este acuerdo entró en vigor el 29 de junio de 2020 y estará vigente hasta que la autoridad sanitaria determine que no existe riesgo epidemiológico relacionado con la apertura (gradual, cauta y ordenada) de las actividades relacionadas con la administración pública federal, conforme al sistema de semáforo por regiones de las zonas geográficas donde los inmuebles en los que opera la SE, o se cumplan seis meses de su vigencia.

 

Redacción: OSCAR ARIAS, Contador Público, Especialidad en Impuestos y Administración.

C P Oscar Arias

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