¿PTU EN TIEMPOS DE COVID?La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de las empresas es un derecho de los trabajadores que se establece en la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo. ¿Cuándo se paga?Las personas morales deberán efectuar el pago a más tardar el 30 de mayo, en tanto que las físicas con actividad empresarial tienen como fecha límite el próximo 29 de junio, derivado de la prórroga para presentar la declaración anual 2019 para personas físicas, estas últimas son las únicas facultadas para pagar P.T.U. a más tardar el 29 de agosto 2020. ¿Qué trabajadores tienen derecho a participar de las utilidades de las empresas?
¿Cómo saber si en una empresa hubo utilidades?
En dicha declaración, se señala el monto de la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio. ¿Qué empresas no están obligadas al pago?De conformidad con artículo 126 de la LFT, se encuentran exceptuadas de llevar a cabo reparto de utilidades:
¿Qué trabajadores no tienen derecho a participar de las utilidades de las empresas?
¿Qué porcentaje de utilidades les corresponde a los trabajadores?
De conformidad con el artículo 123 de la LFT, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
En este último caso, es importante considerar dentro de los salarios devengados, todas las percepciones que reciba el trabajador por su trabajo, sin considerar (porque así lo dispone el articulo 124) las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario. C o n c l u s i ó nYa que la utilidad fue generada en el año 2019 no debería interferir en el pago, pero dada la situación las empresas puede que no cuente con el flujo de efectivo suficiente, el momento en que el COVID afecte a la empresa y pueda no haber utilidades se vería reflejado hasta 2021. Cabe mencionar que para evitar sanciones es importante apegarse a las normas vigentes y más cuando hay un perjuicio de por medio de acuerdo a LFT A.994 que va desde $21,720.00 hasta $434,400.00 en caso de incumplir.
Autor: C.P. Estephany Romero. |
GENERALIDADES DE LA P.T.U. (Participación de los Trabajadores en las Utilidades)
Posted on by C P Oscar Arias