• Revisa, acepta y envía, ¡así de fácil!

Si eres persona física con actividad empresarial, obtienes ganancias por dividendos, intereses o prestas servicios profesionales, entre otros, debes realizar tu Declaración Anual  a más tardar el 30 de abril de 2018.

¿Eres asalariado? No estás obligado a declarar si recibes  ingresos exclusivamente por salarios, sin importar el monto, o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos. Si quieres declarar, lo puedes  hacer en cualquier momento del año.

Gracias al uso de la factura, este año te ofrecemos una declaración prellenada que tiene precargados tus ingresos, retenciones y deducciones. Solo tienes que revisar, aceptar y envíar, ¡es muy fácil y rápido!

Para declarar solo necesitas tu contraseña. La e.firma unicamete es necesaria cuando tu saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y vas a cambiar tu cuenta CLABE. También tendrás que utilizarla en caso de que tu devolución sea mayor a 50 mil pesos.

C P Oscar Arias

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